Calendario
Calendario VeriFACTU: fechas y plazos de entrada en vigor (2027)
Todas las fechas de VeriFACTU tras los dos aplazamientos: software desde julio de 2025, sociedades enero de 2027, autónomos julio de 2027. Verificado contra el BOE.
Fechas vigentes de VeriFACTU#
Estas son las fechas límite en vigor hoy para tener el software de facturación adaptado a VeriFACTU, tras los dos aplazamientos:
| Obligado | Fecha límite |
|---|---|
| Fabricantes y comercializadores de software | 29 de julio de 2025 (ya en vigor) |
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y resto de obligados (IRPF, IRNR con EP…) | 1 de julio de 2027 |
Cuidado con la fecha de 2026. La inmensa mayoría de webs, proveedores de software y artículos siguen diciendo que VeriFACTU es obligatorio para autónomos el 1 de julio de 2026. Esa fecha está derogada desde diciembre de 2025. La vigente es 1 de julio de 2027.
Cómo hemos llegado hasta aquí: dos aplazamientos#
VeriFACTU nació con una fecha y se ha retrasado dos veces. Este es el recorrido completo, con la norma que cambió cada plazo:
| Norma | Sociedades | Resto de obligados |
|---|---|---|
| RD 1007/2023 (redacción original) | 1 de julio de 2025 | 1 de julio de 2025 |
| RD 254/2025 (1ª prórroga) | 1 de enero de 2026 | 1 de julio de 2026 |
| RDL 15/2025 (2ª prórroga, vigente) | 1 de enero de 2027 | 1 de julio de 2027 |
El plazo de los fabricantes de software no se ha tocado en ninguna de las prórrogas: sigue siendo el 29 de julio de 2025, nueve meses después de que entrara en vigor la Orden HAC/1177/2024. Es decir: los programas ya tienen que ser conformes, aunque tus clientes aún tengan margen para adoptarlos.
Qué es el periodo de pruebas#
Antes de cada fecha límite hay un periodo de pruebas voluntario. Durante ese tiempo, quien quiera puede empezar a enviar registros de prueba a la AEAT en modalidad VERI*FACTU y usar mientras tanto otros sistemas para facturar, sin que ello suponga incumplimiento. Es la ventana para rodar el software y detectar problemas antes de que la obligación sea efectiva.
Entonces, ¿desde cuándo te afecta?#
- Si eres una gestoría: los programas con los que factures o con los que facturen tus clientes ya deberían ser conformes (el plazo de fabricantes está cumplido). Tu margen para migrar a cada cliente llega hasta la fecha que le corresponda según su régimen.
- Si tu cliente es una sociedad: 1 de enero de 2027.
- Si tu cliente es autónomo o profesional en IRPF: 1 de julio de 2027.
- Si tu cliente está en el SII: no le aplica VeriFACTU.
La fecha que casi todos tienen mal#
Merece insistir porque es el error más extendido: la fecha de julio de 2026 para autónomos proviene del RD 254/2025 y fue correcta… hasta que el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre (BOE del 3 de diciembre de 2025) la volvió a aplazar. Si un cliente te dice que «tiene que estar listo para el verano de 2026», tienes un año más de margen del que probablemente cree.
Esta es la cara de calendario de VeriFACTU. Para el panorama completo —qué es, a quién obliga, las dos modalidades y las sanciones—, lee la guía VeriFACTU para gestorías.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entra en vigor VeriFACTU para autónomos?
El 1 de julio de 2027, tras el aplazamiento del Real Decreto-ley 15/2025. La fecha anterior de 1 de julio de 2026 quedó derogada.
¿Y para las sociedades?
Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deben tener su software de facturación adaptado antes del 1 de enero de 2027.
¿Desde cuándo deben cumplir los programas de facturación?
Los fabricantes y comercializadores debían tener sus productos adaptados desde el 29 de julio de 2025, nueve meses después de la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024. Este plazo no se aplazó.
¿Por qué tantas webs dicen que VeriFACTU es obligatorio en 2026?
Porque recogen las fechas que fijó el Real Decreto 254/2025 (1 de enero de 2026 para sociedades y 1 de julio de 2026 para el resto), que el Real Decreto-ley 15/2025 volvió a aplazar un año, hasta 2027.
¿El aplazamiento hay que solicitarlo?
No. Es automático y aplica por igual a todos los obligados de cada grupo; no hay que comunicar ni pedir nada.